Edición No. 574 - 15 al 21 de abril del 2009


Ventana Mágica


La Noticia Deportiva


La Noticia Vivienda

primerafila

Dudas sobre impuestos
Eneida Orama

El año pasado recibí el “Stimulus Credit”, el dinero que el Presidente Bush aprobó para los que califican. Pero entiendo que debo incluirlo en mi declaración de impuestos del 2008. ¿Cómo me afecta incluir esta información?  
Hay personas que piensan que el dinero del “Stimulus Credit” recibido el año pasado se tiene que devolver al IRS o que tienen que pagar impuestos por haberlos recibido. Esto no es cierto. Este año lo que el IRS está pidiendo es llenar el formulario Recovery Rebate Credit. Este formulario debe ser llenado con la información correcta de la cantidad de dinero que recibieron del Stimulus Credit. Si no se acuerda que recibió, entonces puede ir a www.irs.gov e ingresar a “StimulusCredit” y ahí podrá obtener la información correcta. Lo que el IRS está haciendo es reconsiderando si usted puede recibir más dinero este año porque no recibió lo suficiente el año pasado. Pero recuerde que sólo las personas con un número de Seguro Social válido pueden solicitar este beneficio.

Recibí un formulario 1099-G del estado de Carolina del Norte. ¿Debo pagar este dinero? ¿O qué debo hacer con esta información?
No debe pagar lo que indica en el formulario 1099-G. Pero el IRS pide que se llene el formulario 1040 para incluirlo dentro de su declaración de impuestos.

Yo y mi ex esposo hicimos juntos la declaración de impuestos del 2006. Pero ese año yo no trabajé. El tenía una deuda con el IRS que hasta la fecha no ha terminado de pagar. En el 2007 nos divorciamos. En el 2008 yo trabajé y debo hacer mi declaración de impuestos. ¿Qué problemas puedo tener yo, considerando la deuda de mi ex esposo al IRS?
Si aún existe una deuda del 2006, debido a que hizo su declaración de impuestos junto a su ex esposo, usted es tan responsable como él de pagar esta deuda, aunque usted no haya trabajado.
Si le corresponde un reembolso por esta última declaración, lo más probable es que no reciba este dinero porque servirá pagar pagar la deuda del 2006. Lo que usted debería hacer es completar el formulario 8379 “Injured Spouse Claim Release” y puede ser que le ayuda a que no tenga ninguna responsabilidad sobre la deuda existente del 2006.

Si tiene preguntas para este segmento, puede llamar a Eneida Orama al (704) 537-9099. También puede escribir a: clatinandameri@carolina.rr.com

El acceso conforme a regulaciones del Departamento de Tesoro de Estados Unidos, circular 230, reglas de práctica de gobierno antes del IRS: Este consejo escrito no fue pensado ni fue escrito para ser utilizado, y no se puede utilizar por cualquier contribuyente, para evitar penalidades que se pueden imponer al contribuyente; tampoco puede ser utilizado para promover, comercializar o recomendar a otra persona cualquier transacción o materia adjunta.