Edición No. 594 - 2 al 8 de septiembre del 2009


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primerafila

Dudas del trabajador
Maggie Giraud

Fuí a una entrevista de trabajo en una bodega y me dijeron que no me podían contratar porque buscaban a un hombre para que cargue bultos pesados, les dije que yo siendo mujer si podía hacer el trabajo, pero no me hicieron caso. ¿Se puede considerar esto discriminación? si es así, ¿Qué puedo hacer?
El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 protege a los individuos contra la discriminación en el empleo por razón de sexo, así como también por raza, color, origen nacional y religión. El Título VII aplica a patronos con 15 o más empleados, incluyendo gobiernos estatales y locales. También aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales, así como al gobierno federal.
Es ilegal discriminar contra cualquier empleado o solicitante de empleo debido a su sexo en relación con la contratación, despido, promoción, compensación, entrenamiento para el empleo, o cualquier otro término, condición o privilegio de empleo. El Título VII también prohíbe las decisiones sobre el empleo basadas en estereotipos y presunciones sobre las capacidades, rasgos o el rendimiento de los individuos en base al sexo. El Título VII prohíbe tanto la discriminación intencional como las políticas de empleo neutrales que excluyen de manera desproporcionada a los individuos por el sexo y que no están relacionadas con el trabajo.
Usted puede presentar cargos de discriminación en el empleo ante la Comisión para la igualdad en las oportunidades de empleo. Los cargos han de presentarse llenando un formulario del EEOC dentro de 180 días del presunto acto discriminatorio. Usted puede presentar un cargo en persona, por correo o por teléfono dirigiéndose a la oficina más cercana, de EEOC, o llamando al 800-669-4000 para pedir más información.

Trabajé para una compañía de limpieza por tres meses y me pagaban una semana si y otra semana no, finalmente me despidieron y me dieron algo de dinero, pero no me pagaron todo lo que me deben de sueldo y ahora no responden mis llamadas y sólo me dan evasivas. ¿Cómo puedo recuperar el dinero pendiente de lo que yo trabajé?
Si la cantidad que se le debe es menor de $5,000 puede someter una queja en La Corte de Pequeña Demandas sin necesidad de contratar un abogado.
La Corte de Pequeñas Demandas (Small Claims Court) le ofrece una manera rápida y económica para recuperar las cantidades que se le adeudan. Las cortes de pequeñas demandas están ubicadas en cada uno de los condados de Carolina del Norte con la finalidad de ayudar a resolver conflictos por cantidades pequeñas de una manera rápida, fácil y sin necesidad de contratar abogado. Estas cortes pueden manejar cualquier conflicto si la cantidad de dinero o propiedad en disputa no es más de $5,000. En el condado de Mecklenburg puede llamar al 704-686-0560.

Si tiene preguntas sobre sus derechos laborales o sobre situaciones en el trabajo para este segmento, llámenos al 704-568-6966 extensión 117, ó escríbanos a 5936 Monroe Road, Charlotte, NC, 28212 ó al correo electrónico: maggieglanoticia@hotmail.com